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17 de octubre de 2008. Los Agentes de Tráfico comprobarán
telemáticamente si los conductores a los que se les para tienen vigente el
seguro obligatorio de responsabilidad civil, siguiendo los principios recogidos
en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento
Administrativo Común en relación con la tendencia a no presentar documentos
que ya se encuentran en poder de la Administración. Hasta la entrada en vigor
del nuevo Reglamento del Seguro (13 de octubre de 2008), los conductores
estaban obligados a llevar entre la documentación del vehículo, el justificante
de haber pagado la póliza.
Los agentes constatarán la vigencia de dicho documento mediante la
consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). En caso de
que se verifique la tenencia y vigencia del seguro, la acreditación queda
cumplida, no exigiéndole al conductor, justificante alguno.
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